El espíritu ecuménico del Mundial de Sudáfrica llegó a la Cámara de Diputados donde kirchneristas y opositores consensuaron un dictamen único para modificar el Código Penal y agravar las penas para delitos por corrupción.
El proyecto podrá ser debatido la semana próxima en el recinto y prevé el decomiso de bienes, tanto muebles como inmuebles, para funcionarios públicos y empresarios privados al servicio del Estado aún sin sentencia condenatoria firme. «Nos pusimos de acuerdo para terminar con la vergüenza de la impunidad de los delitos del poder», advirtió a este diario el diputado de la Coalición Cívica, Juan Carlos Vega, titular de la Comisión de Legislación Penal. Sin embargo, el legislador explicó que «ninguna ley es una solución mágica a una endemia cultural como la corrupción», premisa que se confirma en la Argentina donde salvo el caso de María Julia Alsogaray, prácticamente no existen condenados por casos de corrupción.
El dictamen firmado ayer también contempla la responsabilidad penal de las personas jurídicas y establece la suspensión y quita de su personería o multas equivalentes a un porcentaje de sus ganancias. El menú de castigos para las empresas al servicio del Estado es amplio:
Multa equivalente al monto del dinero desviado de la entidad pública cuando pueda ser calculado o hasta el 20 por ciento del giro de facturación de la empresa en el año fiscal inmediato anterior al hecho;
Suspensión total o parcial de actividades que en ningún caso podrá exceder de 10 años;
Suspensión para participar en licitaciones, obras, servicios públicos o cualquier otra actividad vinculada con el Estado que en ningún caso podrá exceder de 10 años;
Cancelación de la personería, cuando hubiese sido creada al solo efecto de la comisión del delito, o esos actos constituyan la principal actividad de la entidad;
Pérdida o suspensión de los beneficios estatales;
Auditoría periódica;
Publicación de un extracto de la sentencia condenatoria a costa de la persona jurídica.
También incorpora la figura del «arrepentido» para este tipo de delitos y obliga a los jueces a dictarles siempre una pena inferior a la del sujeto denunciado. «No queremos que sigan cayendo sólo los perejiles», aseguró Vega.
En cuanto a los agravantes, se contemplan dos especies. De acuerdo con el rango del funcionario, con castigos mayores en caso de funcionarios del Poder Ejecutivo y Legislativo, y según el daño generado al patrimonio del Estado. Pero el proyecto de ley se reserva un tipo penal especial para el caso de jueces corruptos, estableciendo un agravante en la pena.
El proyecto consensuado que modifica el Título XI Libro II del Código Penal, por el que la mayoría de los bloques pidió su tratamiento la semana próxima, establece que los ilícitos no serán excarcelables. |